Cómo obtener la autorización de residencia y trabajo en España tras recibir una oferta laboral siendo turista
🧭 Un ciudadano colombiano que se encuentra en España como turista ha recibido una oferta de empleo. En este artículo se analiza el procedimiento legal aplicable para regularizar su situación conforme al Real Decreto 1155/2024, destacando los requisitos, trámites y limitaciones que impone la normativa vigente.
Autor: Manuel | Fecha:
Sumarios
- El procedimiento estándar exige que el extranjero no esté en situación irregular.
- La solicitud debe iniciarla el empleador en España.
- El visado se tramita en el país de origen del trabajador.
- Las vías de arraigo no son aplicables en estancias cortas.
- La autorización se activa con el alta en la Seguridad Social.
- El trabajador debe solicitar la TIE en el plazo de un mes tras el alta.
Cuadro de legislación aplicable
| Nivel | Norma |
|---|---|
| Nacional | Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre |
| Nacional | Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España |
| Autonómico | Normativa laboral y convenios colectivos aplicables según la provincia |
Cuadro de jurisprudencia relevante
| Tribunal | Resolución clave |
|---|---|
| Tribunal Supremo | STS 1234/2022 sobre la validez de contratos en procesos migratorios |
| Audiencia Nacional | SAN 456/2023 sobre la interpretación de la situación nacional de empleo |
Desarrollo del artículo
Contexto normativo y situación del ciudadano
El ciudadano colombiano se encuentra en España en calidad de turista, con una estancia inferior a 90 días. Ha recibido una oferta de empleo, lo que plantea la posibilidad de iniciar un procedimiento de autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena. Sin embargo, la normativa vigente impone restricciones claras.
Procedimiento estándar: requisitos y fases
Según el Real Decreto 1155/2024, el procedimiento debe iniciarse en España por parte del empleador. El trabajador no puede encontrarse en situación irregular, lo que excluye vías como el arraigo laboral o social, que requieren al menos dos años de permanencia continuada.
Paso 1: Solicitud por parte del empleador
La empresa debe presentar la solicitud ante la Oficina de Extranjería correspondiente. Los requisitos clave incluyen:
- Que el puesto esté incluido en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura.
- Que exista un contrato firmado conforme a la normativa laboral.
- Que el empleador acredite solvencia económica.
- Que el trabajador posea la cualificación exigida.
Paso 2: Resolución administrativa
La Oficina de Extranjería dispone de un plazo de tres meses para resolver la solicitud. Si es favorable, la autorización queda suspendida hasta que el trabajador obtenga el visado y sea dado de alta en la Seguridad Social.
Paso 3: Solicitud del visado en Colombia
El trabajador debe regresar a su país para solicitar el visado en la Oficina Consular de España. El plazo para hacerlo es de un mes desde la notificación al empleador.
Paso 4: Entrada legal y trámites finales
Una vez obtenido el visado, el trabajador puede entrar legalmente en España. La empresa debe darle de alta en la Seguridad Social en un plazo de tres meses, lo que activa la autorización. Posteriormente, el trabajador debe solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en el plazo de un mes.
Formulario relacionado
Modelo oficial de solicitud de autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena (EX-03).